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EL LIBRO DE LOS MÉDIUMS > SEGUNDA PARTE - DE LAS MANIFESTACIONES ESPÍRITAS > CAPÍTULO XIV - DE LOS MÉDIUMS > 5. Médiums videntes > 168
168. Es preciso distinguir las apariciones accidentales y
espontáneas de la facultad propiamente dicha de ver a los Espíritus.
Las primeras son frecuentes sobre todo en el momento de la muerte de las personas que se han amado o conocido, y que vienen a
advertir que no pertenecen ya a este mundo. Hay numerosos
ejemplos de hechos de este género, sin hablar de las visiones
durante el sueño. Otras veces son igualmente de parientes o
amigos, que aunque muertos de más o menos tiempo, aparecen ya
sea para indicar un peligro, ya sea para dar un consejo o pedir un
servicio. El servicio que pueda reclamar un Espíritu consiste,
generalmente, en el cumplimiento de una cosa que no ha podido
hacer en vida, o en el socorro de las oraciones. Estas apariciones
son hechos aislados que tienen siempre un carácter individual y
personal, y no constituyen una facultad propiamente dicha. La
facultad consiste en la posibilidad, si no permanente, al menos
muy frecuente, de ver cualquier Espíritu que se presenta por
extraño que nos sea. Esta es la facultad que constituye propiamente
hablando los médiums videntes.
Entre los médiums videntes los hay que sólo ven a los
Espíritus que se evocan y de los cuales pueden hacer la descripción
con una minuciosa exactitud; describen con los menores detalles
sus gestos, la expresión de su fisonomía, las facciones, el traje y
hasta los sentimientos de que parecen animados. Hay otros en los
cuales esta facultad es más general; ven toda la población espiritista
ambiente ir, venir y hasta podría decirse cumplir sus misiones.